ICEFI recomienda aprobar la Ley de Justicia Tributaria

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Los representantes del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales recomendaron a los diputados del Congreso Nacional aprobar la Ley de Justicia Tributaria, tras ciertos ajustes técnicos.

Lo anterior fue dado a conocer tras la reunión sostenida entre los representantes de este ente y los miembros de la Comisión de Dictamen de esta normativa fiscal en el seno del Congreso Nacional.

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La Comisión de Dictamen inició este lunes la segunda semana de socialización de esta normativa ante los representantes de los diferentes sectores de la sociedad.

El ICEFI recomienda separar lo constitucional con los demás temas que contempla la Ley Tributaria, aunque reconoció que su aprobación modernizará el tema de la recaudación fiscal.

Los expertos del ICEFI consideran no se va a eliminar el secreto bancario, pese a que la normativa contempla que la SAR tenga acceso a la información.

“Nosotros lo que recomendamos es aclarar que se está regulando la forma en la que el SAR va a acceder a esta información, la cual, será confidencial y reservada; y hemos recomendado una norma específica que sancione aquel funcionario público haga un uso distinto al que establece la ley”, dijo Ricardo Barrientos, representante del ICEFI.

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Durante la Audiencia Pública, el Icefi expuso las 10 recomendaciones resultantes tras el análisis y estudio del proyecto de Ley de Justicia Tributaria.

Recomendaciones:

1)     Aunque es una propuesta de ley integral, discutirla por secciones: Legislación asociada al cumplimiento de las normas internacionales de transparencia (NIT); Reformas al sistema de incentivos tributarios; y Reforma constitucional.

2)     En la discusión de la legislación relacionada con las NIT, aclarar que el acceso de la autoridad tributaria a la información bancaria es principalmente para intercambiar información con otras administraciones tributarias y, solo de manera colateral, para el control y la fiscalización.

3)     Se recomienda una ley general de inversión

4)     Recomendaciones en cuanto a los regímenes de incentivos tributarios:

5)     Reformas a las leyes del ISR y del ISV.

6)     Observaciones al sistema de constancias de exención:

7)     El suministro de marchamos debe realizarlo la administración pública.

8)     Las ONG no deben calificar como entes beneficiarios de regímenes especiales, solo pueden ser consumidoras finales. Si se les admite, permitirles, previa calificación, exención solamente para compras internacionales.

9)     En la reforma constitucional, darle prioridad a lograr que establezca que el sistema tributario debe ser globalmente progresivo.

10)   Condonar impuestos solo en caso de calamidad pública, y no los relacionados con retenciones o percepciones de otros agentes.


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