La revisión se hace en caso de que aparezcan hechos nuevos que no pudieron ser analizados durante la celebración del juicio.
El abogado Marlon Duarte comentó este lunes que la única posibilidad jurídica que le ve al Estado de Honduras para evitar el pago de la demanda de 2,600 millones de lempiras por suspensión de un contrato con la empresa estadounidense DRC INC, es mediante la interposición de un recurso de revisión.
El recurso que se interpone en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), sirve para rever ( revisar) una sentencia firme pronunciada en juicio declarativo ordinario de mayor cuantía, según detalla el artículo 102 de la Ley Sobre Justicia Constitucional.
La revisión se hace en caso de que aparezcan hechos nuevos que no pudieron ser analizados durante la celebración del juicio.
En este caso, se trataría de examinar la resolución que emitió el Juzgado de Letras Civil de Francisco Morazán mediante la cual ordena el embargo de la cuenta de la Secretaría de Finanzas para que se cancele los fondos a la empresa DRC INC, que ganó una demanda por suspensión de un contrato para obras de deconstrucción tras el paso del huracán Micht en 1998.
La Secretaría de Finanzas asegura que no dará cumplimiento a la sentencia porque, durante el proceso, el juez que conoce de la causa cometió prevaricato, además de que el Estado no tiene fondos para cancelarla.
Anulación de contrato
Tras el paso del huracán Mitch, la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), a través del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), financió parte de la reconstrucción nacional y mediante una licitación pública internacional adjudicó a la empresa norteamericana DRC INC., un contrato valorado en 19 millones de dólares para la ejecución de varias obras.
Dicha compañía subcontrató a la empresa hondureña Nacional de Ingenieros S.A. (NAINSA), pero la justicia norteamericana intervino el contrato por no estar permitida la subcontratación y envió a Honduras a fiscales especiales, quienes ordenaron no pagar la última obra pendiente de realizar.
DRC INC terminó la ejecución de las obras en 2022, pero no recibió pagos de parte de Honduras.
En 2007, la empresa DRC INC. sometió al Estado de Honduras a un proceso arbitral ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa (CCIT), por supuestos daños y perjuicios que se le ocasionaron con la suspensión del contrato.
La empresa DRC INC. presentó una demanda contra Honduras en un Tribunal del Distrito Federal en Washington, Estados Unidos, con fundamento en un laudo arbitral internacional que dictó el Colegio de Abogados de Honduras (CAH).
En octubre de 2014, la Corte Federal en Washington dictó sentencia declarando que Honduras «no tiene obligación de pagar la deuda de USAID y que el Estado hondureño tiene inmunidad soberana», según Finanzas.
Posteriormente, recurrió a la justicia civil de Honduras mediante una demanda para reclamar el pago.
En 2020, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Honduras condenó al Estado a pagar a NAINSA, 351.1 millones de lempiras por los supuestos daños y perjuicios y 42 millones de lempiras por honorarios profesionales.
El Poder Judicial aplicó el embargo de la cuenta de la Tesorería General de la República por 2,600 millones de lempiras, pero no se aclaró si dentro de este monto se encuentran los 351.1 millones por daños y perjuicio a NAINSA y los otros 42 millones por honorarios.
El viernes pasado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) informó que la Procuraduría General de la República (PGR) no interpuso el recurso de apelación correspondiente para evitar que el Estado de Honduras pague la demanda a DRC INC.
Auto pareatis
El abogado explicó que el recurso de revisión puede exponer auto pareatis, es decir, que se haga valer la sentencia emitida en Estados Unidos que dejaba sin efecto el reclamo de la compañía.
¿Qué es una solicitud de auto de pareatis o exequátur?: Es un procedimiento que se inicia a solicitud de parte, mediante el cual, la Corte Suprema de Justicia, por mandato Constitucional, reconoce la validez de una sentencia emitida por un tribunal extranjero para que la misma sea ejecutada en Honduras, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil.
Además, Duarte aseguró que hay una causa de justificación de la ministra Rixi Moncada para no pagar, es decir, que no se va a poner en precario la vida de las personas por cumplir una sentencia de estas.
Repercusiones contra Honduras
Por su parte, el abogado José Tercero indicó que Estados Unidos no podría forzar a Honduras a pagar la demanda en contra la empresa DRC INC.
«Pueden haber repercusiones políticas, sociales y económicas en contra del país, Estados Unidos políticamente no puede obligar al país a pagar», dijo Tercero.
También, Tercero manifestó que el problema va a ser si existe una orden ejecutiva para que Honduras pueda pagar ese contrato.
Seguridad jurídica
De igual manera, el abogado Félix Ávila comentó que si existe alguna duda o sospecha de que ha habido algo anormal en el proceso de la demanda de la empresa DRC INC lo que se debe hacer es denunciarlo.
«Si veo que es un mal juez y corrupto lo voy a denunciar, pero después de todo si ya se produjo lo que es un daño debo de acudir a las autoridades correspondientes en este caso al Ministerio Público para que se haga una investigación y determinar lo que pasó», expresó Ávila.
Además, el abogado lamentó el mensaje que envió el procurador de la República al decir que no se va a pagar la demanda.
«Hay que mandar mensajes que vengan a dar confianza especialmente a los extranjeros e inversionistas de que hay seguridad jurídica», dijo Avila.